PROCEDIMIENTO NO CONTENCIOSO DE
SEPARACIÓN CONVENCIONAL Y DIVORCIO ULTERIOR
El Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, mediante Resolución Directoral Nº 183-2018-JUS/DGJLR, de fecha 04 de setiembre de 2018, dispuso la RENOVACIÓN de la ACREDITACIÓN y AUTORIZACIÓN otorgada a la Municipalidad Distrital de El Porvenir, para llevar a cabo el Procedimiento No Contencioso de Separación Convencional y Divorcio Ulterior cuando no existan controversias entre los cónyuges, generándose así una alternativa sencilla y de menor costo para los interesados, conforme a lo establecido en la Ley N° 29227 y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N° 009-2008-JUS.
REQUISITOS GENERALES:
- MUTUO ACUERDO entre los cónyuges de querer iniciar el procedimiento.
- HABER TRANSCURRIDO DOS (02) AÑOS de la celebración del matrimonio civil.
- QUE EL MATRIMONIO SE HAYA CELEBRADO en la Municipalidad Distrital de El Porvenir o QUE EL ÚLTIMO DOMICILIO CONYUGAL de los cónyuges haya sido en el distrito de El Porvenir.
DOCUMENTOS Y FORMULARIOS:
Mediante Resolución de Gerencia Municipal N° 320-2020-MDEP-GM, de fecha 10 de setiembre de 2020, se resolvió APROBAR los siguientes FORMULARIOS DE DISTRIBUCIÓN GRATUITA:
- SOLICITUD DE SEPARACIÓN CONVENCIONAL.
- DECLARACIÓN JURADA DE ULTIMO DOMICILIO CONYUGAL.
- DECLARACIÓN JURADA DE NO TENER HIJOS MENORES DE EDAD.
- DECLARACIÓN JURADA DE NO TENER HIJOS MAYORES DE EDAD CON INCAPACIDAD.
- DECLARACIÓN JURADA DE CARECER DE BIENES SUJETOS AL RÉGIMEN DE SOCIEDAD DE GANANCIALES.
- SOLICITUD DE DISOLUCIÓN DEL VÍNCULO MATRIMONIAL.
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